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    Responsabilidad médica derivada del sistema de seguridad social integral: ¿un conflicto de competencias resuelto?

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    Cuando un paciente y su familia consideran que existió una indebida prestación del servicio de salud que le causó un daño, tiene el derecho de acudir a las autoridades judiciales para que se determine la responsabilidad del agente y la forma de reparación del perjuicio. Sin embargo conociendo plenamente este derecho, se encuentra que existe un vacío en torno a la autoridad judicial que debe conocer de estas pretensiones tratándose de una falla del servicio en el sistema de seguridad social integral en salud, pues en un primer momento la jurisdicción ordinaria en sus especialidades civil y laboral y la jurisdicción contenciosa administrativa crearon un conflicto positivo de competencias, lo cual generó una incertidumbre en los usuarios de la administración de justicia y una sensación de ineficacia e ineficiencia del aparato jurisdiccional. Teniendo en cuenta la gravedad de esta situación ya que están involucrados los derechos a la vida, la salud y el bienestar socioeconómico del paciente y su familia, es necesario determinar la forma como debe distribuirse la competencia judicial en estos asuntos, para lo cual debe tenerse en cuenta que la jurisdicción laboral fue excluida del conocimiento de estas controversias con la expedición del Código General del Proceso y que como quiera que la salud se constituye como un servicio público dentro del cual intervienen los particulares bajo el control del Estado como garante del sistema, con el fin de determinar cuál es el juez competente, debe acudirse al factor subjetivo de competencia y por tanto en caso de que la entidad demandada sea de naturaleza privada este asunto deberá ser conocido por la jurisdicción ordinaria civil y en caso de ser la demandada una entidad pública la competente será la jurisdicción contenciosa administrativa. (texto tomado de la fuente)When a patient and his family think that there was an undue health service, that caused a damage, the patient has the right to claim to the judicial authorities in order to determine the agent's responsibility and how to repair the damage. But no matter this right, there is dubt of the competence of judicial authority that resolves these claims, because at first sight, the ordinary jurisdiction in civil and labour specialties and administrative jurisdiction created a positive conflict of jurisdiction, which generates uncertainty in users of the administration of justice and a sense of inefficiency of the judicial power. Considering the importance of this situation and the influence , in the life right , health and socio-economic wellbeing of the patient and his family, it is necessary to determine how to assign the jurisdiction in these matters (subjects?). The General Code of Procedure intents to resolve thiscontroversy and excludes the labour jurisdiction from the knowledge of these controversies however the health is constituted as a public service in which individuals involved under the control of the state as guarantor of the system, to determine the competent judge, which must apply to the subjective factor of knowledge and therefore when a company is sued, and it is private this matter should be known by the ordinary civil judge, and if the Company sued is public the responsible entity will be the administrative jurisdiction.Maestrí

    Conflictos surgidos en la prestación de servicios de salud por parte de entidades estatales, ¿competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo o de la ordinaria laboral?

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    La investigación documental, es entendida como aquella que se realiza a través de la consulta de documentos (libros, revistas, memorias, anuarios, registros,constituciones, jurisprudencia etc.) En este orden de ideas se considera que la propuesta de investigación se constituye en una en una revisión detenida sobre lo que se sabe respecto del tema, pero además es de interés de los investigadores proponer alternativas que contribuyan a esclarecer la jurisdicción competente para conocer de los conflictos surgidos en la prestación del servicio de salud por parte de una entidad estatal en materia contractual y extracontractual, de ahí la necesidad de realizar un análisis doctrinal y jurisprudencial sobre el tema

    Conflicto De Jurisdicción En Materia De Seguridad Social: Colpensiones Vs Ex trabajadores De Acerías Paz Del Río

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    The objective of this article is to determine if the jurisdiction of the administrative litigation is competent to hear the claims of nullity and restoration of the right established by Colpensiones, against the administrative acts that recognized pensions to former workers of the Acerías Paz del Río company. For this purpose, the social security competition rules were analyzed, which resulted in the jurisdiction of the contentious administrative jurisdiction being determined based on two fundamental aspects, first, the legal nature of the service management entity (criterion organic) and, second, the type of labor relationship that the beneficiary held (legal and regulatory relationship with the State). To that extent, since Acerías Paz del Río's workers are linked to said company through an employment contract, it is the ordinary labor jurisdiction that is responsible for resolving such disputes, regardless of whether the right has been recognized through an administrative act.El objetivo de este artículo se centra en determinar si la jurisdicción de lo contencioso administrativo es competente para conocer de las demandas de nulidad y restablecimiento del derecho instauradas por Colpensiones, en contra de los actos administrativos que reconocieron unas pensiones a ex trabajadores de la empresa Acerías Paz del Río. Para el efecto se analizaron las reglas de competencia en materia de seguridad social, lo cual arrojó como resultado que la competencia de la jurisdicción contenciosa administrativa se determina con base en dos aspectos fundamentales, primero, la naturaleza jurídica de la entidad administradora del servicio (criterio orgánico) y, segundo, el tipo de vinculación laboral que ostentó el beneficiario (relación legal y reglamentaria con el Estado). En esa medida, comoquiera que los trabajadores de Acerías Paz del Río se vinculan a dicha empresa a través de un contrato de trabajo, es a la jurisdicción ordinaria laboral a la que le corresponde resolver este tipo controversias, independientemente de que el derecho se haya reconocido mediante un acto administrativ

    Vulneración del derecho fundamental al debido proceso por conflicto negativo de competencias, en demandas laborales de única instancia en razón a la cuantía, en el sistema judicial colombiano

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    Este documento tiene como objetivo general Identificar la principal causa que produce vulneración al derecho fundamental al debido proceso en demandas laborales de única instancia en razón a la cuantía, por conflicto negativo de competencias, en el sistema judicial colombiano. Se asume éste, a partir de la pregunta de investigación: ¿Cual es la principal causa de vulneración al derecho fundamental al debido proceso en demandas laborales de única instancia en razón a la cuantía por conflicto negativo de competencias en el sistema judicial colombiano? Como Itinerario y estructura del trabajo se realiza un recorrido de tres segmentos capitulares. El primero se ocupa del estado del arte del problema, conceptualización y caracterización, se sintetiza el problema a partir de las ideas fuerza sobrevinientes en el desarrollo de tres subapartados del capítulo de tipo conceptual y empírico conduciendo a la ratificación de una hipótesis de valor de acuerdo con orientaciones de Mejía El segundo se ocupa del marco teórico para la solución potencial del problema, su objetivo es acercarse a la síntesis de solución del problema en estudio y al modo como podría validarse la hipótesis propuesta. El tercero establece validación de la hipótesis o conclusiones sustantivas resumiendo e ilustrando la hipótesis, luego haciendo sus proyecciones conceptuales y empíricas mediante la aplicación de las matrices categoriales, y la matriz relacional, propuestas desde la metodología cualitativa hermenéutica y finalmente se expresan las conclusiones y sugerencias que aplican para este documento. Entre las que destaca como principal causa de esta vulneración la ausencia de un criterio unificado para resolver el conflicto negativo de competencias por colisión de normatividad y ocasionalmente por ignorancia de la misma.Abstract. This document has the general objective Identify the main cause that produces violation of the fundamental right to due process in labor demands single instance due to the amount by negative conflict of jurisdiction, in the Colombian judicial system. it is assumed, from the research question: What is the main cause of violation of the fundamental right to due process in labor demands single instance due to the amount by negative conflict of jurisdiction in the Colombian judicial system? As itinerary and structure of work a route segments Chapter three is performed. The first deals with the state of the art of the problem, conceptualization and characterization, the problem is synthesized from the ideas supervening force in the development of three sub-sections of Chapter conceptual and empirical leading to the ratification of a hypothesis value according with guidance Mejia the second deals with the theoretical framework for the potential solution of the problem, your goal is to approach the synthesis of solving the problem under study and the way the proposed hypothesis could be validated. The third set validation of the hypothesis or substantive conclusions summarizing and illustrating the hypothesis, then making its conceptual and empirical projections by applying the categorical matrices, and the relational matrix, proposals from the qualitative methodology hermeneutics and finally the conclusions and suggestions expressed applying to this document. Among which it stands out as the main cause of this breach the absence of a unified approach to resolve the conflict of jurisdiction negative collision of norms and occasionally by ignorance of the same criteria.Maestrí

    Los procedimientos judiciales para el acceso a la administración de justicia, y la garantía institucional del ejercicio de los derechos laborales – barreras en la fase introductoria

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    A pesar que el ordenamiento jurídico colombiano ha propugnado por la fundamentalidad de los derechos laborales y por el acceso de la administración de justicia, las disposiciones procesales del trabajo han sido utilizadas en pro de un culto a la forma, sobre argumentaciones que se alejan de cualquier esquema lógico y jurídico, que no se basan en principios y reglas que hacen parte de la institucionalidad de la fórmula del Estado Social de Derecho, sino que su fundamento se relacionan con derechos cuyo ejercicio es tan solo una expectativa. La síntesis del desarrollo y análisis de este trabajo se enfoca a sostener que al ser la pretensión procesal un acto de voluntad, ejercido a través del derecho de acción no puede hacerse juicios y controles previos de legalidad, como se hacen en la admisión de la demanda. De igual forma, se hace la claridad que una cosa es la excepción, entendida como el mecanismo de todo demandado para dilatar o extinguir el ejercicio del derecho de acción; y otra muy distinta es la oposición, que es el acto de voluntad del demandado para enervar los efectos de la pretensión procesal; todo para señalar que sobre la segunda tampoco puede pregonarse un control de legalidad – aun en los procesos del trabajo – en la medida que cada parte tiene la libertad de plantear el marco jurídico de la pretensión a su consideración, así como también quien es sujeto pasivo de la pretensión tiene disposición para formular los parámetros fácticos y jurídicos de la oposición. A partir de las consideraciones de la teoría constitucional y de los principios del Derecho del Trabajo, se observan las razones por las cuales se propone que el proceso laboral puede desarrollarse de manera que respete su filosofía, sin necesidad de hacer controles previos a la demanda y a la contestación, a fin de la realización de justicia garantizando el acceso del trabajador a la tutela judicial efectiva. (texto tomado de la fuente)Although the Colombian legal order has advocated for the fundamental basis of labor rights and access to legal system, procedimental labor regulations has been used to worship the procedural laws, using argumentations far from any logical and legal scheme, not based in principles and rules that are part of the social rule of law, but are endured in rights whose exercise is just an expectation. This work is directed to sustain what if the procedimental petitum is a will act, this will act can not be legally controlled through the right of action. In the same way, it is good to establish a difference between the exception as the mechanism of sued people to dilate or extinguish the rightful exercise of right of action; and the opposition, which is the free will of the sued to enervate the procedural effects. The point of the above is to make clear our position about the negativity of legal controls over the answer to complaint – even in labor law – because each part has the power to present the judge their petitions legally sustained, as the complained is available to propose the facts and legal arguments to oppose their pretensions. From constitutional theory and labor right principles we are able to find reasons to propose the labor procedure can be developed in ways of respect its philosophy, without making previous controls to the complaint and to the respective answer, searching justice realization for worker.MaestríaDerecho del Trabajo y la Seguridad Socia

    Evaluación del factor rendimiento de los jueces en Colombia

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    La creciente preocupación sobre el modelo de calificación del rendimiento de los jueces genero inquietudes sobre los posibles resultados en la evaluación del rendimiento o eficiencia conforme al Acuerdo 1392 de 2002, expedido por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura “Por el cual se reglamenta la evaluación y calificación de servicios de los funcionarios y empleados de carrera de la Rama Judicial.” La calificación integral de servicios comprendía -según dicho Acuerdo- los factores de calidad, eficiencia o rendimiento, organización del trabajo y publicaciones Al examinar el Capítulo VII de dicho Acuerdo sobre el factor eficiencia o rendimiento y la calificación a partir de la carga y el egreso efectivos al tenor de lo previsto en el los artículos 27, 28 y revisado la clasificación de los despachos judiciales en tres niveles, contenido en el artículo 291, permitió deducir que se exigía, en el primer nivel, para obtener 40 puntos, un rendimiento superior al 90% y si el rendimiento fuera inferior al 50% solo se obtendrían 13 puntos, lo que significaba en este último caso calificación insatisfactoria y retiro del servicio. De este análisis surgió la pregunta de si el Acuerdo 1392 de 2002 se ajustaba o no al régimen de la ley estatutaria de la Justicia y a los códigos procesales y si cumplía el propósito de asegurar que los jueces y magistrados mantuvieran los niveles de eficiencia, calidad e idoneidad que justificaran la permanencia en sus cargos. Esta preocupación se justificaba al revisar las estadísticas de carga efectiva de los despachos judiciales que en las capitales de departamento sobrepasaban, en promedio, más de mil procesos en el año por cada unidad judicial. Una vez centrado en los elementos para plantear el problema cualitativo: objetivos, justificación, viabilidad, evaluación de las deficiencias en el conocimiento del problema y definición inicial del ambiente o contexto, la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura expidió una nueva reglamentación contenida en el Acuerdo No. PSAA10-7636 de 20 de diciembre de 2010, por medio del cual se reglamentaba el sistema de evaluación de servicios de los servidores y servidoras de la Rama Judicial vinculados por el sistema de carrera judicial, el cual introdujo modificaciones sustanciales en la evaluación del factor rendimiento, al contemplar descuentos en la evaluación del rendimiento2, lo cual implicaba mayores riesgos para los operadores judiciales de obtener calificación insatisfactoria en el año 2011.Growing concern about the judges' performance rating model raised concerns about possible outcomes in the evaluation of performance or efficiency under Agreement 1392 of 2002, issued by the Administrative Chamber of the Superior Council of the Judiciary "By which it is regulated the evaluation and qualification of services of the civil servants and career employees of the Judicial Branch. "The integral qualification of services comprised -according to said Agreement- the factors of quality, efficiency or performance, organization of the work and publications When examining the Chapter VII of said Agreement on the efficiency or performance factor and the qualification based on effective loading and disbursement in accordance with the provisions of articles 27, 28 and revised the classification of judicial offices in three levels, contained in article 291, allowed to deduce that it was required, in the first level, to obtain 40 points, a performance higher than 90% and if the performance was lower than 50% only 13 points would be obtained, which meant in the latter case unsatisfactory rating and withdrawal from service. From this analysis arose the question of whether Agreement 1392 of 2002 conformed or not to the regime of the statutory law of Justice and to the procedural codes and if it fulfilled the purpose of ensuring that judges and magistrates maintained the levels of efficiency, quality and suitability that justify the permanence in their positions. This concern was justified when reviewing the statistics of effective load of the judicial offices that in the departmental capitals surpassed, on average, more than a thousand processes in the year for each judicial unit. Once focused on the elements to raise the qualitative problem: objectives, justification, feasibility, evaluation of the deficiencies in the knowledge of the problem and initial definition of the environment or context, the Administrative Chamber of the Superior Council of the Judiciary issued a new regulation contained in Agreement No. PSAA10-7636 of December 20, 2010, by means of which the system of evaluation of services of the servants and servants of the Judicial Branch linked by the judicial career system was regulated, which introduced substantial modifications in the evaluation of the performance factor, when contemplating discounts in the evaluation of the performance2, which implied greater risks for the judicial operators to obtain unsatisfactory rating in the year 201

    Análisis del mecanismo de extensión de sentencias de unificación del Consejo de Estado, Ley 1437 de 2011- el precedente gran protagonista

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    Artículo de investigaciónEl presente artículo estudiará la novedosa herramienta contemplada en la Ley 1437 de 2011, el mecanismo de extensión de sentencias de unificación del Consejo de Estado. El interés se centra en la primera parte, título I, capítulo II, artículo 10 de la ley en mención, el cual se refiere al deber de aplicación uniforme de las normas y la jurisprudencia, llevándonos a dilucidar el precedente judicial, basándose en las diferentes posiciones jurisprudenciales al respecto, en segundo lugar, en la primera parte, título v, articulo 102 se despliegauna fase administrativa donde se sostienen las directrices de la extensión de la jurisprudencia del consejo de estado a terceros por parte de las autoridades y finalmente en la primera parte, titulo vii, el artículo 269, esboza el procedimiento para la extensión de la jurisprudencia en fase judicial, permitiendo así claramente reflexionar sobre esta figura jurídica, partiendo del sustento teórico versus las principales dificultades en el momento de su implementación.INTRODUCCIÓN 1. FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL DEL MECANISMO DE EXTENSIÓN. 2. APLICABILIDAD DEL MECANISMO DE EXTENSIÓN DE JURISPRUDENCIA. 3. EL PRECEDENTE: PRINCIPAL PROPULSOR DEL MECANISMO DE EXTENSIÓN DE JURISPRUDENCIA DEL CONSEJO DE ESTADO. 4. DESARROLLO DEL MECANISMO DE EXTENSIÓN DE JURISPRUDENCIA DEL CONSEJO DE ESTADO SUS PROS Y CONTRAS. 5. CONCLUSIONES. REFERENCIAS.PregradoAbogad

    The Ministry of Employment’s role in the lessening of judiciary congestion : legal knowledge as a tool of labor-related transactions

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    Los derechos asociados al trabajo están dotados de una naturaleza constitucional especial, por lo que frecuentemente son los Jueces de Trabajo quienes se ven en la necesidad de ejercer los controles de legalidad para cada caso que requiera un pronunciamiento de la autoridad, en aras de mantener los mínimos legales, incrementando de manera agigantada la congestión judicial. Aun cuando las personas tienen la posibilidad de negociar y pactar acuerdos respecto de sus propios derechos laborales, el acompañamiento apropiado del Ministerio de Trabajo sería fundamental para propender por la dignificación de estas actividades a través de la ejecución de políticas públicas y acciones concretas para la correcta concreción y ejecución de acuerdos viables, legales y legítimos sobre disputas laborales. Por lo tanto, en esta investigación se acota la competencia del Ministerio de Trabajo para proferir un programa de difusión de derechos laborales, que se convierta en una herramienta eficiente y útil para que los ciudadanos puedan zanjar sus propios conflictos laborales, sin vicios de nulidad por transgredir los derechos mínimos y sin necesariamente tener que entablar un Proceso Ordinario Laboral en los estrados judiciales.Employment rights are conceived from both a special and constitutional nature, which is why more frequently than not, Employment Judges are tasked with applying the necessary legality controls for each case that requires the intervention of an authority, increasing greatly the judiciary congestion phenomenon. Moreover, citizens do have a chance to negotiate and agree terms concerning their own employment needs, counting with the right guidance within the Ministry of Employment as an administrative entity in charge of promoting the dignification of this human activity through the execution of public policies and concrete actions for the assistance of those who would require them. Therefore, this investigation places upon the Ministry of Employment the legal competence to create a labor rights diffusion program, which should become an efficient and useful tool for citizens to be able to resolve their own private employment disputes without having to necessarily traverse an entire Employment Ordinary Judicial Process.Magíster en Derecho Laboral y de la Seguridad SocialMaestrí

    The Ministry of Employment’s role in the lessening of judiciary congestion : legal knowledge as a tool of labor-related transactions

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    Los derechos asociados al trabajo están dotados de una naturaleza constitucional especial, por lo que frecuentemente son los Jueces de Trabajo quienes se ven en la necesidad de ejercer los controles de legalidad para cada caso que requiera un pronunciamiento de la autoridad, en aras de mantener los mínimos legales, incrementando de manera agigantada la congestión judicial. Aun cuando las personas tienen la posibilidad de negociar y pactar acuerdos respecto de sus propios derechos laborales, el acompañamiento apropiado del Ministerio de Trabajo sería fundamental para propender por la dignificación de estas actividades a través de la ejecución de políticas públicas y acciones concretas para la correcta concreción y ejecución de acuerdos viables, legales y legítimos sobre disputas laborales. Por lo tanto, en esta investigación se acota la competencia del Ministerio de Trabajo para proferir un programa de difusión de derechos laborales, que se convierta en una herramienta eficiente y útil para que los ciudadanos puedan zanjar sus propios conflictos laborales, sin vicios de nulidad por transgredir los derechos mínimos y sin necesariamente tener que entablar un Proceso Ordinario Laboral en los estrados judiciales.Employment rights are conceived from both a special and constitutional nature, which is why more frequently than not, Employment Judges are tasked with applying the necessary legality controls for each case that requires the intervention of an authority, increasing greatly the judiciary congestion phenomenon. Moreover, citizens do have a chance to negotiate and agree terms concerning their own employment needs, counting with the right guidance within the Ministry of Employment as an administrative entity in charge of promoting the dignification of this human activity through the execution of public policies and concrete actions for the assistance of those who would require them. Therefore, this investigation places upon the Ministry of Employment the legal competence to create a labor rights diffusion program, which should become an efficient and useful tool for citizens to be able to resolve their own private employment disputes without having to necessarily traverse an entire Employment Ordinary Judicial Process.Magíster en Derecho Laboral y de la Seguridad SocialMaestrí
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